¿Qué es un Atlas de Riesgos?

De acuerdo con la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (LGIRPC) en su artículo 2 fracción V):

Sistema integral de información de la Ciudad de México, que conjunta los Atlas de Riesgos de las Alcaldías, sobre los daños y pérdidas esperados, resultado de un análisis espacial y temporal, sobre la interacción entre los Peligros, la Vulnerabilidad, la exposición y los Sistemas Expuestos.

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El Atlas de Riesgos es parte fundamental del Ciclo de la Gestión Integral de Risgos (GIR).

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¿Cómo se integra el Atlas de Riesgos de la Cuidad de México?

De acuerdo con la LGIRPC en su artículo 83:

El Atlas de Riesgos de la Ciudad de México, estará conformado por distintas capas de información, mismas que estarán clasificadas en los términos de la Ley en materia de acceso a la información pública para su consulta.

Los Atlas de Riesgos pueden contener:

  • Mapas de Peligros por Fenómenos Perturbadores
  • Mapas de Susceptibilidad
  • Inventario de Bienes Expuestos
  • Inventario de Vulnerabilidades
  • Mapas de Riesgos
  • Escenarios de Riesgos
  • De acuerdo al Reglamento de la LGIRPC en el artículo 70 menciona que:

    Para efectos del artículo anterior la información deberá ser integrada y actualizada en el Atlas de Riesgos con lo siguiente:
  • Información generada por las áreas internas de la Secretaría;
  • La información contenida en los Atlas de las Alcaldías, que será proporcionada mensualmente por las personas titulares de las Unidades de Alcaldía;
  • Toda información del sector público y privado que sea relevante para su integración en el Atlas de Riesgos; y
  • Los resultados de los estudios geológicos, geotécnicos, geofísicos, hidrológicos y los que pudieran ser necesarios para conocer el nivel de riesgo o peligro asociado a cada fenómeno perturbador que pueda afectar a la Ciudad, realizados por instituciones académicas, sector público y privado.
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    ¿Cómo se elaboran los Atlas de Riesgos?

    Los Atlas de Riesgos deben cumplir con lo estipulado en la Guía de contenido Mínimo publicada en el Diario Oficial, con la finalidad de promover y consolidar la elaboración de un Atlas Nacional de Riesgos a nivel federal, estatal y municipal, asegurando su homogeneidad.
    Los Atlas de Riesgos de las Alcaldías, deben elaborarse de acuerdo con los "Lineamientos de elaboración de los Atlas de las Alcaldías" emitidos por la Secretaría

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    ¿Qué es Riesgo?

    De acuerdo a la Ley General de Protección Civil, Riesgo está definido como: "Daños o pérdidas probables sobre un agente afectable, resultado de la interacción entre su vulnerabilidad y la presencia de un agente perturbador"

    Por lo anterior, para calcular el riesgo son necesarios 3 elementos: la Exposición (Agente afectable), el Peligro (de un agente perturbador) y la Vulnerabilidad

    Exposición

    Todo aquello que puede verse afectado por un Agente Perturbador.

    Ejemplo: Población, viviendas, carreteras etc. Se suele clasificar en sistemas de:

  • Salud
  • Transporte
  • Educativo
  • Económico, entre otros
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    Peligro

    Probabilidad de ocurrencia de un agente perturbador potencialmente dañino de cierta intensidad, durante un cierto periodo y en un sitio determinado.

    En la mayoría de los agentes perturbadores pueden distinguirse dos medidas, una de magnitud y otra de intensidad.

    La magnitud es una medida del tamaño, de su potencial destructivo y de la energía que libera. La intensidad es una medida de la fuerza con que se manifiesta en un sitio dado. Por ello un agente perturbador tiene una sola magnitud, pero tantas intensidades como son los sitios en que interese determinar sus efectos.

    El concepto de periodo de retorno, en términos probabilísticas, no implica que el proceso sea cíclico, o sea que deba siempre transcurrir cierto tiempo para que el evento se repita.

    Ejemplo: La probabilidad de ocurrencia de una inundación cada determinado tiempo en una zona.

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    Vulnerabilidad

    Susceptibilidad o propensión de un agente afectable a sufrir daños o pérdidas ante la presencia de un agente perturbador, determinado por factores físicos, sociales, económicos y ambientales.

    En términos generales pueden distinguirse dos tipos: la vulnerabilidad física y la vulnerabilidad social. La primera es más factible de cuantificarse en términos físicos, por ejemplo la resistencia que ofrece una construcción ante las fuerzas de los vientos producidos por un huracán, a diferencia de la segunda, que pude valorarse cualitativamente y es relativa, ya que está relacionada con aspectos económicos, educativos, culturales, así como el grado de preparación de las personas.

    La vulnerablidad es el único factor que puede reducirse de una manera más sencilla y por ende, reducir el riesgo; a través de tareas de mitigación, difusión de información, capacitación, etc.

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    Fuente:"Guía Básica para la Elaboración de Atlas Estatales y Municipales de Peligros y Riesgos"
    http://www.cenapred.gob.mx/es/Publicaciones/archivos/44.pdf, consultada el día 01 de marzo de 2019
    Fuente:"Metodología para la elaboración de mapas de riesgo por inundaciones en zonas urbanas"
    http://www.cenapred.gob.mx/es/Publicaciones/archivos/203.pdf, consultada el día 01 de marzo de 2019